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CONDICIONES GENERALES Y DE ARANCELAMIENTO - CICLO LECTIVO 2027

1. Deberes y derechos de las partes: alumnos y sus responsables (padres y/o tutores) asumen de igual manera el compromiso detallado en el “PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL” (PEI) - disponible en la página web institucional y que por medio de la firma de la Declaración Jurada declaran conocer y adherir - fundamentado en la “Educación del Corazón”: amor a Dios, al prójimo, adquisición de valores y enseñanzas de la Doctrina Social de la Iglesia Católica. Los responsables son parte de la comunidad educativa, comprometen su colaboración y aceptan las obligaciones propias de la relación establecida, orientada a lograr una participación responsable en la vida cívica, acompañando a los alumnos en el proceso de formación, socialización y aprendizaje. Deben cumplir y hacer cumplir el “CÓDIGO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA”, que declaran conocer y aceptar. 

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2. Compromiso: el Instituto Leonardo Murialdo es una escuela de enseñanza oficial pública de gestión privada y se compromete a brindar el servicio educativo de acuerdo al PEI que alumnos y sus responsables requieren, pero hace expresa reserva del derecho de admisión, permanencia, renovación de matrícula o aceptación condicionada, según la adecuación a las pautas pedagógicas, de convivencia y administrativas asumidas para lograr la necesaria convivencia de todos los actores escolares. Es el Consejo Directivo de la institución el órgano para la apelación y revisión de las situaciones antes detalladas, por tanto tiene la facultad de resolver.

 

3. Modificación de datos domiciliarios, telefónicos y de orden judicial: es obligación de los responsables comunicar

inmediatamente a Secretaría - adjuntando copia de documentación - cualquier modificación de los datos denunciados con carácter de Declaración Jurada en la Solicitud de Inscripción. La documentación judicial, debe ser presentada en tiempo y forma, debido a la responsabilidad que ello implica para la Institución.

 

4. Servicio de Orientación Escolar: en caso de ser necesario, los responsables del alumno serán citados por dicho Servicio de donde surgirán procesos de apoyo o pedidos de derivaciones específicos. Es obligatorio realizar y certificar su cumplimiento entregando los debidos informes profesionales en tiempo y forma. Si no lo hacen, el Instituto se reserva el derecho de admisión o aceptación condicionada para el ciclo lectivo siguiente.

 

5. Protocolo del Servicio de Orientación Escolar (SOE)

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A) De acuerdo con la función primordial de colaborar con el proceso educativo para la prevención, se podrá derivar al estudiante al SOE sin necesidad de pedir autorización de intervención a los padres. 

 

B) La familia puede ser citada por los profesionales del SOE, las ocasiones que se consideren necesarias, a reuniones en la institución para generar espacios de encuentro y diálogo estableciendo acuerdos que permitan el trabajo corresponsable.

 

C) El SOE puede derivar a consulta o evaluación de profesionales externos cuando considere pertinente. La familia se compromete a certificar la asistencia y el informe devolutivo correspondiente en un plazo mínimo de un mes. Deberá informar si el alumno comenzó tratamiento y si recibe medicación. 

 

D) Ante un caso que se advierta sospecha o veracidad que un niño o adolescente esté siendo vulnerado en sus derechos, según la Convención Internacional sobre los Derechos del niño y la ley 26.061 (Protección Integral de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes), la institución educativa deberá dar intervención al SOE y al Equipo Directivo para que actúe según la Guía de Procedimiento de Situaciones Emergentes de la DGE (Decreto 1187/18).

 

E) Atendiendo a los Principios y fundamentos jurídicos de la intervención, la institución educativa tiene que, en su Deber de Comunicar, dar aviso a los padres o tutores NNyA y/o a la autoridad competente.

 

6. Ley 9054 y anexo Guía de procedimientos ante situaciones emergentes en las escuelas (Decreto 1187/2018/DGE) y guía de protocolo para situaciones de bullying, la cual contempla un “Enfoque, Marco Conceptual y Consideraciones Generales”, Protocolo de Prevención, Intervención y Postvención” (Res. 5679/25): La ley Nº 9.054 es un sistema de denuncias en las escuelas, a partir del trabajo en conjunto entre el Poder Ejecutivo y el Judicial. Fue promulgada en el año 2018. 

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Está de manera operativa en todos los establecimientos escolares para ser implementada en casos de situaciones emergentes y donde se vean vulnerados los derechos de los estudiantes y trabajadores de la educación.

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Esta norma establece la creación del Defensor del Docente, el agravamiento de las sanciones correccionales de ofensas a docentes y un nuevo sistema de denuncias en escuelas en caso de detectar  situaciones de abuso sexual o maltrato contra alumnos. En el marco del Sistema Integral de Protección de Derechos, y de Política Provincial de Convivencia Escolar, la Dirección General Escuelas actualiza la existente "GUIA DE PROCEDIMIENTOS ANTE SITUACIONES EMERGENTES EN LAS ESCUELAS DEL NIVEL INICIAL, PRIMARIO Y SECUNDARIO Y SUS MODALIDADES, DE LA PROVINCIA DE MENDOZA" con el objetivo primordial de generar condiciones que promuevan un clima escolar que garantice los procesos de enseñanza y aprendizaje.

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Los principios y fundamentos jurídicos de la intervención, encuentran su base y sustento en el interés superior del niño que se constituye en la pauta de resolución prioritaria respecto de toda decisión que se adopte en temas en los que se encuentren involucrados. Es decir, intervenir siempre conforme a lo que mejor resguarde sus intereses.

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  • Prioridad de la prevención: En todas las acciones concernientes al tema de violencia en el entorno escolar, deben prevalecer las acciones de prevención por encima de las acciones de represión y sanción. La escuela logra desarrollarse como ente preventivo y protector sólo en la medida en que reconozca la existencia y dimensión de la violencia en la escuela y que exista una clara disposición y voluntad de abordar el tema, como parte de la cultura educativa.

  • Deber de conocer para proteger: Proteger los derechos de los alumnos, teniendo en cuenta el principio de interés superior, lo que obliga a conocer los derechos garantizados, efectivizar su cumplimiento e interponer acciones administrativas o judiciales a fin de restaurar el ejercicio y goce de los mismos.

  • Responsabilidad familiar: La familia es responsable en forma prioritaria de asegurar a los niños, niñas o adolescentes el disfrute pleno y efectivo ejercicio de sus derechos y garantías. Por ello, frente a situaciones de violencia, se debe realizar la inmediata comunicación a los padres, madres o responsables, excepto en situaciones de violencia intrafamiliar.

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Frente a situaciones de acoso entre pares se concibe fundamental tomar como punto de partida los momentos de la intervención propuestos por la Guía Federal para la intervención ante situaciones complejas de la vida escolar.

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7. Emergencias médicas: Se requerirá cuando el alumno presente serias dificultades de salud o se accidente en horario de permanencia en el establecimiento o durante actividades programadas fuera del mismo. El médico interviniente decidirá según su criterio profesional la urgencia del caso y el eventual traslado al nosocomio de acuerdo a la obra social del alumno, declarada por la familia en la Solicitud de Inscripción. La institución priorizará el bien superior del estudiante.

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8. Seguro: Según corresponda, la administración aplicará los procedimientos establecidos por la entidad aseguradora conforme a la póliza vigente.

 

9. Salida educativa: en caso que la dirección del nivel lo considere necesario, solicitará a un adulto responsable acompañe al estudiante en la salida educativa. El adulto/acompañante firmará una declaración jurada en la cual acepta que en caso de accidente el seguro institucional no se hará cargo del mismo.

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10. Uniforme escolar:  Todos los estudiantes deben respetar el uniforme escolar reglamentario, ya que es un signo identitario dentro y fuera de la institución. No está permitida la incorporación de indumentaria anexa (remeras, buzos, gorras, etc.) que genere agrupamientos dentro de la institución sin la autorización expresa del Consejo Directivo.

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11. Horarios y accesos: Es un acto de responsabilidad propia y respeto a los demás cumplir puntualmente los horarios. Todos los alumnos - sin ninguna excepción - deben ingresar al Instituto por los accesos habilitados. Manifiestan grave imprudencia, ponen en riesgo la vida y dan mal ejemplo a sus hijos los responsables que en oportunidad de trasladar y/o retirarlos del establecimiento, cometen infracciones de tránsito de cualquier índole. 

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  • Nivel Inicial: 13:45 h. a 17:20 h. 

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En días de actividad normal, la entrada y salida se realiza únicamente por el portón ubicado en Lateral Norte del Acceso Este que se abre a las 13:35 h. y se cierra a las 13:45 h. respectivamente. 

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Para la salida, se tolerarán hasta 10 (diez) minutos de retraso, luego los alumnos deben ser retirados por Secretaría previa firma del Acta que conforme al protocolo debe labrarse. Antecedentes de excesivas tardanzas se considerarán, al momento de evaluar la renovación de matrícula o aceptación condicionada para el próximo ciclo lectivo. 

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  • Nivel Primario

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  • turno mañana: séptimo grado. 07:25 h a 12:25 h 

Entrada y salida se realizan únicamente por el portón principal de Bandera de los Andes; se abre a las 07:15 h. y se cierra a las 07:25 h      

  • turno tarde: de primero a sexto grado. 13:45 h. a 18:45 h 

Entrada: Por el portón de Lateral Norte del Acceso Este o portones de Av. Bandera de los Andes; se abren a las 13:35 h. y se cierran a las 13:45 h 

Salida: Únicamente por portones de Av. Bandera de los Andes. 

 

Para la salida se tolerarán hasta 10 (diez) minutos de retraso, luego los alumnos deberán ser retirados por Secretaría previa firma del Acta que conforme al protocolo debe labrarse, hasta un máximo de tres oportunidades y al respecto se procederá conforme lo establecido en la Resolución 629/16 de la D.G.E. 

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  • Nivel Secundario: 07:25 h a 13:20 h

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Entrada: se realizan únicamente por el portón principal de Av. Bandera de los Andes; se abre a las 07:15 h. y se cierra a las 07:25 h. 

Salida: se realizan por Av. Bandera de los Andes se abre a las 12:00 h, 12:40 h. y 13:20 h según corresponda. 

Los alumnos que lleguen tarde deben ingresar por Portería, dirigirse a Secretaría para justificar la tardanza y ser autorizados a ingresar a las aulas. Alumnos de nivel primario deberán hacerlo junto a un responsable. Antecedentes de excesivas tardanzas se considerarán al momento de evaluar la renovación de la matrícula o aceptación condicionada para el próximo ciclo lectivo y para otorgar inasistencias cuando supere las 20 faltas según Resolución 558/19. 

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12. Retiros anticipados: Fuera del horario regular pueden retirar alumnos las personas debidamente autorizadas que consta en Secretaría. Si el retiro anticipado fuere dispuesto por la Institución ante una eventualidad se dará aviso mediante personal de la misma. Para salidas especiales fuera de hora deben observarse los procedimientos establecidos en el Código Institucional de Convivencia, teniendo en cuenta que será posible realizar retiros hasta los horarios indicados a continuación: 

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  • Para Nivel Inicial: hasta las 16:50 h

  • Para el Nivel Primario turno mañana: hasta las 11:55 h

  • Para el Nivel Primario turno tarde: hasta las 18:00 h 

  • Para el Nivel Secundario: hasta las 12:50 h

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13. Reorganización áulica: Dicha reorganización, fundamentada en aspectos cognitivos, sociales y académicos, se realizará en sala de 4 a sala de 5, 3º grado a 4º grado, 7º grado a 1º año y en 2º año a 3º año al elegir el bachiller. 

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14. Permanencia en contraturno de estudiantes del nivel secundario: Debe respetarse el horario de salida según corresponda y todos los estudiantes deben retirarse de las instalaciones. De esta manera, a partir de las 13:20h ningún estudiante del nivel secundario puede permanecer en el edificio para respetar los usos de espacios del nivel inicial y primario.

Aquellos alumnos que almuercen en el instituto, deberán previamente informar al preceptor, teniendo a disponibilidad de uso el quincho del campo de deportes o patio de San José. El ingreso al campo de deportes es a las 13:30 h y deberán permanecer únicamente en ese espacio. Quienes hagan uso de las instalaciones para almuerzo, no podrán salir hasta finalizado su horario de clase o retiro anticipado por adulto responsable.

Por mayor seguridad, los accesos al campo de deportes del Instituto estarán abiertos desde 5 minutos antes del inicio de la clase y hasta 5 minutos comenzada la clase.

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15. Uso de espacios institucionales en contraturno: Los estudiantes del nivel secundario que requieran el uso de algún espacio institucional para actividades educativas (biblioteca, dependiendo del cronograma de actividades de la primaria) deberán solicitar permiso con una anticipación mínima de 48 h a su preceptor para gestionar estos espacios y entregar la autorización correspondiente.

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16. Clases de Educación Física contraturno (Nivel Secundario): se realizará en los espacios y horarios definidos por el equipo directivo, con el correcto uso del uniforme. La suspensión de dichas clases por inclemencias climáticas se realizará sólo cuando así lo disponga la DGE y el cursado será mediante aula virtual. En caso de lluvia, frío o calor que impida la realización de actividad fìsica, el dictado de clases se realizará en aulas dispuestas para tal fin. 

 

17. Reuniones, actos, celebraciones, etc.: Las personas citadas o invitadas ingresan por los accesos habilitados con una tolerancia de hasta 10 minutos de la hora de inicio informada debiendo observar las condiciones establecidas en el Código Institucional de Convivencia. Se recuerda que el Instituto se reserva el derecho de admisión o permanencia. 

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18. Merienda saludable: en el Nivel Inicial se debe respetar el cronograma referido a este ámbito. 

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19. Traslado de alumnos y empresas de transporte escolar: No se realizan ni se tiene vinculación alguna. Es menester de los responsables verificar las condiciones de habilitación, funcionamiento y traslado de los alumnos por esos servicios. 

 

20. Viajes personales y de egresados: No tienen carácter oficial ni cuentan con auspicio o promoción del Instituto ni significan para él responsabilidad, relación u obligación alguna. No se autorizan salidas desde el frente de sus instalaciones. Si dentro del calendario escolar el alumno se ausenta motivado por este tipo de viajes no se autoriza anticipo, suspensión o postergación de evaluaciones, exámenes, presentación de trabajos prácticos, etc. Se computarán las inasistencias. 

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21. Suspensión de jornada: Cuando por fenómenos climáticos u otros acontecimientos circulen versiones presumiendo suspensión de clases, se procede de acuerdo a lo que oficialmente comunica Dirección General de Escuelas a través de los medios de difusión. No se informan novedades afines desde ningún sector del Instituto y por ningún medio. En caso de confirmación oficial de suspensión de actividades, el Instituto abrirá sus puertas para que padres y transportistas busquen a los alumnos en sus respectivas aulas y puedan retirarlos 

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22. Equipos electrónicos y bienes personales: Está prohibido el uso de telefonía celular, salvo que lo requiera el docente para alguna actividad de aprendizaje. Si el docente lo requiere, puede utilizar un depósito apropiado donde deberán colocar sus teléfonos. En horas de clase, la utilización y control queda bajo la responsabilidad del docente. El Instituto no se responsabiliza por pérdida, extravío, daño o hurto de estos elementos. La toma de imágenes, audio, etc. y su utilización queda sujeta a la observación del Código Institucional de Convivencia. 

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23. Elementos olvidados en casa: no se recibirán ni en secretaría ni portería. Las excepciones estarán sujetas al criterio de dirección del nivel. Ingresarlo por otras vías será motivo de sanción. 

 

24. Medicamentos: No se suministra ningún medicamento a los alumnos; los responsables deben concurrir al Instituto para darlos a sus hijos. 

 

25. Aporte de los responsables: Se denomina arancel y se destina a solventar el servicio educativo (para mayor precisión, Cuenta Pública anual) . Su cancelación es obligatoria y se integra mediante el pago de la matrícula y las cuotas mensuales. La cancelación fuera de término genera un recargo por mora y el derecho del Instituto a gestionar el cobro por medio de terceros o por la vía judicial. Quienes no cumplen en tiempo y forma, entendiendo como tal el pago de cada mes entre el día 1 y 30/31 del mismo según corresponda, obstaculizan el funcionamiento institucional., pudiendo configurarse esta situación en causal de aplicación de la reserva del derecho de admisión para el siguiente año lectivo.

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A) Las cuotas a partir del 01/03/2027 tendrán el siguiente valor:

Nivel Inicial y Primario: $   97.000,00 (*).

Nivel Secundario: $ 120.000,00 (*).

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Cabe aclarar que NO existe cuota aguinaldo. Por ello, las cuotas se abonan durante los meses de marzo a noviembre, 2 cuotas se pagan en julio, ambas con el mismo valor, completando así las 10 cuotas.

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B) Matriculación – Ciclo Lectivo 2027

Nuevos ingresantes: Deberán hacer una reserva de vacante por el valor que se fija en el presente, conforme nivel al que accede y en diciembre cancelar. Estos alumnos no pueden acceder a becas.

Alumnos que no registren deudas: desde el 01/11/26:

 

- Abonar la Reserva de Vacante hasta el 30/11/26

 

Nuevos aspirantes:  Reserva: $ 80.000,00 (*) 

(A cuenta del valor de la matrícula en diciembre)

 

Nivel Inicial y Primaria: Reserva: $ 40.000,00 (*)

(A cuenta del valor de la matrícula en diciembre)

             

Nivel Secundario: Reserva: $ 40.000,00 (*)

(A cuenta del valor de la matrícula en diciembre)

 

- Cancelar la Matrícula hasta el 31/12/26:

 

Nivel Inicial y Primaria:

Matrícula: $ 161.670,00 (*)

Reserva:($   40.000,00).

Valor a abonar:   $   121.670,00(*)

 

Nivel Secundario:

Matrícula: $199.662,00 (*)

Reserva :($   40.000,00).

Valor a abonar: $159.662,00 (*)

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La matriculación se perfecciona únicamente al verificarse conjuntamente: la promoción académica del estudiante, el pago total de la matrícula, la presentación de la documentación requerida y la firma de la Declaración Jurada y Adhesión, todo ello sujeto a la reserva del derecho de admisión (Cláusula 5.1 del Contrato).

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C) Otros conceptos arancelados:

Durante el ciclo lectivo, la institución podrá facturar servicios/actividades para destinos específicos, no arancelados. 

  • Copia de Certificado Analítico: equivalente al 50% del valor de cuota del nivel secundario vigente  al momento de solicitarlo

  • Certificado T.E.M: equivalente al 50% del valor de cuota del nivel secundario vigente  al momento de solicitarlo

  • Certificado Analítico incompleto: equivalente al 25% del valor de cuota del nivel secundario vigente al momento de solicitarlo.

  • Reincorporación: equivalente al valor de la cuota del nivel secundario vigente al momento de solicitarla.

  • Permiso de Examen: equivalente al 5% del  valor de la cuota del nivel secundario vigente al momento de solicitarla.

 

D) Material Didáctico: (No contempla útiles personales)

Nivel Inicial: $80.000,00 (a pagar en 2 cuotas de $40.000,00. La primera con la cancelación de la matrícula; la 2ª con la cuota de marzo, hasta el 31/03/27 que es su vencimiento.. Al pago fuera de término se le aplicará el recargo por mora vigente).

Nivel Primario (1º a 7° grado): $50.000,00 (a pagar en 2 cuotas de $25.000,00. La primera con la cancelación de la matrícula; la 2ª con la cuota de marzo, hasta el 31/03/27 que es su vencimiento. Al pago fuera de término se le aplicará el recargo por mora vigente).

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E) Fotocopias:

Nivel Primario (1º a 7º grado): $ 5.000,00 por mes de marzo a noviembre de 2027.

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F) La reincorporación, en el Nivel Secundario, se deberá abonar (al valor de cuota actualizada al solicitarla) cuando el estudiante llegue a las 20 inasistencias. Luego, adjuntar comprobante y solicitud de reincorporación a Dirección.

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G) Resolución Conjunta 3/2018 del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y del Ministerio De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología

Según la resolución mencionada, los establecimientos educativos públicos de gestión privada de titularidad o bajo la dirección de la Iglesia Católica o de una confesión religiosa inscrita en el Registro Nacional de Cultos, podrán percibir una contribución en concepto de Sostenimiento del Culto, a cargo de los padres o responsables de los alumnos que asistan a los mismos, por cuenta y orden de la institución religiosa que corresponda. En virtud de lo expuesto, se incluirá en la facturación mensual el equivalente al 10 % de la cuota de Nivel Primario.

 

(*) El valor de matrícula y arancel se ajustará a las normas establecidas por la D.G.E. en cuanto al detalle de lo facturado e importes autorizados a la fecha de su efectivo cobro. 

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H) Recargos por Mora:

Las cuotas vencidas e impagas se actualizarán al valor de la cuota vigente al momento de su efectivo pago con más un recargo por gastos de cobranza del 0,1666% por cada día de mora, sobre el capital adeudado y sin capitalización de intereses.

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Los valores consignados en la presente podrán ser modificados en virtud de lo normado por el Decreto P.E.N. 2.417/93; por el artículo 31 del Decreto Provincial Nº 2.633/05 y el Decreto Provincial Nº 2.477/09; por lo que pudiesen disponer las Autoridades de aplicación y/o por cualquier circunstancia que modifique la realidad económica actual, entre otras, modificaciones obligatorias de costos de mantenimiento, cambios en las condiciones laborales y salariales docentes y no docentes , inflación, tarifas de servicios públicos o por la creación de nuevos gravámenes y/o impuestos nacionales o provinciales, etc. 

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I) Medios de pago: Todos los habilitados en la plataforma AULICA (Banco Roela - SIRO)

Ponemos en vuestro conocimiento que conforme lo establecido por la Ley Nª 7993/08 y ratificada por la Circular Nº 4 de la Dirección de Educación Privada de la Provincia de Mendoza de fecha 22 de febrero de 2017; cuando la falta de pago de las cuotas (aranceles) corresponda a tres (3) meses consecutivos, el Instituto Leonardo Murialdo pondrá en conocimiento de tal situación a la Dirección General de Escuelas para que ésta en un plazo de quince (15) días resuelva la asignación de una vacante en un establecimiento estatal de su dependencia.   

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26. Condiciones de ingreso y permanencia de los alumnos al Instituto: Cuando sean inadecuadas para el cursado de la jornada escolar sea por sueño excesivo, manifestaciones de consumo de sustancias tóxicas, etc., se llamará de inmediato a los responsables para que sean retirados del establecimiento (según protocolo Ley 26.061). Dichas situaciones serán consideradas al momento de evaluar la renovación de matrícula para el siguiente ciclo lectivo. No se admitirá la portación o exhibición de estandartes o símbolos que indiquen ideologías. 

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27. Estudiantes en permanencia: en caso de permanencia, el Instituto no puede garantizar banco para el ciclo lectivo siguiente. Por tanto, al finalizar el ciclo lectivo, deberán presentar una solicitud de aceptación que será evaluada por el Consejo Directivo (Cláusula 5.4 del Contrato). 

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28. Daños, perjuicios, hurtos: producidos adrede por los alumnos a equipos o instalaciones serán repuestos con costo a los responsables y se aplicarán sanciones disciplinarias conforme al Código de Convivencia. 

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29. Protocolos establecidos por la D.G.E y Código de Contravenciones (Faltas): serán aplicados cuando: 

  • Algún alumno concurra al Instituto con cualquier tipo de armas. 

  • Algún responsable realice agresiones al personal de la institución o se produzcan agresiones entre alumnos. 

  • Cuando el responsable del alumno no concurra al colegio al ser citado. 

  • Ante situaciones de riesgo (certeza o indicio de acoso, abuso o maltrato). 

  • Amenaza de explosivos: Además de las resoluciones establecidas por la justicia al encontrarse al responsable, el Instituto se reserva el derecho de aplicar las sanciones debidas y de admisión del alumno para el siguiente ciclo lectivo. 

  • Alumnos que perjudiquen el normal funcionamiento del Instituto: Serán citados de inmediato sus responsables. Se harán pasibles de las sanciones debidas según el caso. Situaciones que serán consideradas al momento de evaluar la renovación de matrícula para el siguiente ciclo lectivo. 

 

MANIFIESTO MI CONFORMIDAD EXPRESA Y AUTORIZACIÓN para que el Instituto Leonardo Murialdo dependiente de la D.G.E, capture, reproduzca, publique y/o difunda imágenes, videos y/o sonidos registrados en actividades escolares por cualquier medio físico o digital, gráfico y/o audiovisual de mi hijo/a. Dichas imágenes, videos y/o sonidos serán utilizados exclusivamente en los canales de la institución (Web y redes sociales) y con fines educativos o de promoción, cumplimentando lo dispuesto en el artículo 53 del Código Civil y Comercial de la Nación, y el artículo 31 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

 

OPTAMOS POR ESTA ESCUELA Y ADHERIMOS TOTALMENTE A SU “PROYECTO EDUCATIVO INSTITUCIONAL”, AL “CÓDIGO INSTITUCIONAL DE CONVIVENCIA”, A LAS PRESENTES CONDICIONES Y A QUE LOS ALUMNOS RECIBAN LAS ENSEÑANZAS DE LA IGLESIA CATÓLICA EN PARTICULAR SOBRE FAMILIA, MORAL Y EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL.

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